Telecentro | 522 denuncias
FRANCO
"Cobros indebidos"
Escribo porque me han estafado. Contraté la promocion de Telecentro famosa de 1000MB por $2999 por 6 meses con el primer mes bonificado. El primer més, me llego una factura de 4300 pesos. Llamé. Su explicación es que "se confundieron" y me cobraron mal, que tendría que haber sido 0 y que me lo iban a compensar el mes que seguía. Ante mi reclamo de que gestionen el cambio de factura me dijeron que "no se podía"... siempre lo mismo. La dejé pasar. Ahora, este mes, me llega una factura de 1300 pesos. Llamo y me dicen que me estan cobrando 12 SERVICIOS ADICIONALES DE CABLE. COSA QUE NUNCA PEDÍ, NUNCA SOLICITÉ, NO TENGO UN MANGO, CONTRATÉ ALGO BARATO PARA PODER PAGARLO BIEN Y ESTOS TIPOS ME COBRAN LO QUE QUIEREN. Estoy realmente muy enojado. Lo peor de todo es que el mes pasado, al ver que figuraban paquetes de HBO y cosas adicionales, les pedí que me saquen esas cosas porque no las uso Y NO LO HICIERON, REPITO, NO SACARON ESOS SERVICIOS Y POR ESO ME LO COBRARON !!!! Verdaderamente quiero denunciarlos, no puede ser que se abusen así de la gente, NUNCA PEDI MÁS QUE LA PROMOCIÓN, QUERÍA PAGAR 2999 Y NADA MAS. Además de eso, el servicio de 1000MB es inexistente, el mismo tecnico cuando me lo instaló y ante mi pregunta de si andaba verdaderemente a 1000MB me respondió "¿vos crees en dios?" haciendo referencia a que era una estafa. PERO NI SIQUIERA DE ESO ME QUEJO, MIRÁ LO BARATO QUE LA SACAN. Alguien tiene que empezar a controlar publicidad engañosa y servicios sin mantenimiento. Es realmente una verguenza.
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Buenas tardes, por lo expuesto sería un caso de incumplimiento de sus obligaciones legales y/o contractuales. Le sugiero intimar a fin de que cumpla con lo debido, bajo pena de acudir por lo sostenido en el art 10 bis de la ley 24240. Que sostiene ARTICULO 10 bis. — Incumplimiento de la obligación. El incumplimiento de la oferta o del contrato por el proveedor, salvo caso fortuito o fuerza mayor, faculta al consumidor, a su libre elección a: a) Exigir el cumplimiento forzado de la obligación, siempre que ello fuera posible; b) Aceptar otro producto o prestación de servicio equivalente; c) Rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato.
Además, podría encuadrarse en un trato indigno al consumidor violando lo establecido en la Ley de Defensa del Consumidor ART 8º bis de: Trato digno. Prácticas abusivas. Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.
Para mayor información puede comunicarse a nuestros teléfonos de contacto 3516311194 / 4217095. Finalmente le informo que nuestra sede se encuentra en Caseros 344, piso 4, Of.35 y los horarios de atención son de lunes a viernes de 10 a 13 y de 15 a 18 hs. Espero que le haya sido de utilidad, ¡Saludos! Belen, (Voluntaria de ADCOIN) www.adcoin.org.ar