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Electrodomésticos

Frávega | 314 denuncias

Publicado 26-05-2021 10:10

"Producto defectuoso"

Compré de manera On line un Lavarropas drean next 8-12 Eco el día 21-05-21 y lo recibí el Sábado 22. El Domingo 23 justo antes de instalarlo, encontramos dentro del tambor piedras de contrapeso del lavarropas partidas y agua. No lo instalamos por supuesto y realice el reclamo telefónicamente a la parte de ventas, y por mail ( ya que por ser Domingo y luego los feriados del 24 y 25, no me atendian en otro sector). Hoy, día hábil 26-05, hace 1 hora que me tienen esperando en el telefono sin atender... QUIERO YA MI LAVARROPAS NUEVO, NO USADO Y ROTO COMO ME LO ENVIARON!!!!!!!

Respuesta de ADCOIN Sede Publicado 26-05-2021 10:57


Estimada, buen día. En su caso le comento que las empresas intervinientes (Fravega y Drean) son solidariamente responsables ante usted, como consumidora. Por otro lado la ley 24240 establece lo que se conoce como Garantía Legal, desde los arts. 11 a 18. De no brindarle respuestas, ellos están obligados al reemplazo, le asisten especificamente los arts 10bis y 17 de la mencionada ley (10bis:Incumplimiento de la obligación. El incumplimiento de la oferta o del contrato por el proveedor, salvo caso fortuito o fuerza mayor, faculta al consumidor, a su libre elección a: a) Exigir el cumplimiento forzado de la obligación, siempre que ello fuera posible; b) Aceptar otro producto o prestación de servicio equivalente; c) Rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato. Todo ello sin perjuicio de las acciones de daños y perjuicios que correspondan//17:Reparación no Satisfactoria. En los supuestos en que la reparación efectuada no resulte satisfactoria por no reunir la cosa reparada, las condiciones óptimas para cumplir con el uso al que está destinada, el consumidor puede: a) Pedir la sustitución de la cosa adquirida por otra de idénticas características. En tal caso el plazo de la garantía legal se computa a partir de la fecha de la entrega de la nueva cosa; b) Devolver la cosa en el estado en que se encuentre a cambio de recibir el importe equivalente a las sumas pagadas, conforme el precio actual en plaza de la cosa, al momento de abonarse dicha suma o parte proporcional, si hubiere efectuado pagos parciales; c) Obtener una quita proporcional del precio. En todos los casos, la opción por parte del consumidor no impide la reclamación de los eventuales daños y perjuicios que pudieren corresponder. Aún asi, y a fines de que las empresas puedan fijar su postura, es que le recomiendo que las cite a audiencia de conciliación extrajudicial, para luego -y con asesoramiento de nuestros letrados- evaluar cual es la opción mas conveniente. Dicho esto, y en pos de poder brindarle un asesoramiento personalizado y acorde a sus necesidades, es que le invitamos a que se acerque a nuestra ONG de defensa del consumidor e inquilino, para ello puede usted coordinar un turno al 3516311194, la consulta puede ser incluso por canales virtuales. Quedamos a su disposición. Saluda Cordialmente Ignacio - Voluntario ADCOIN - www.adcoin.org.ar

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