EPEC | 82 denuncias
Federico
"Falta de información"
Me cortaron la luz por tener solo una factura impaga, jamas fui notificado que habian cambiado las normas y que esto era posible, contradiciendo la legislatura nacional que prohibe el corte de suministro de luz eléctrica antes de tener 3 facturas vencidas. Y ya abonada la deuda dilatan la reconexion, siendo que mi trabajo depende de eso. Cuando llamo para reclamar no me dan ninguna respuesta. Un abuso de este servicio monopolico ante el cual los consumidores quedamos desprotegidos.
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Buenos dias Federico, en razón de los expuesto, la ley 24240, le otorga las siguientes opciones: ARTICULO 30. — Interrupción de la Prestación del Servicio. Cuando la prestación del servicio público domiciliario se interrumpa o sufra alteraciones, se presume que es por causa imputable a la empresa prestadora. Efectuado el reclamo por el usuario, la empresa dispone de un plazo máximo de treinta (30) días para demostrar que la interrupción o alteración no le es imputable. En caso contrario, la empresa deberá reintegrar el importe total del servicio no prestado dentro del plazo establecido precedentemente. Esta disposición no es aplicable cuando el valor del servicio no prestado sea deducido de la factura correspondiente. El usuario puede interponer el reclamo desde la interrupción o alteración del servicio y hasta los quince (15) días posteriores al vencimiento de la factura.
Además, para el caso de que la empresa prestataria no responda a los reclamos, debe dirigirse ante el Ente Regulador de Servicios a los fines de elevar el reclamo correspondiente. Le dejo el link con la información https://ersep.cba.gov.ar/usuarios/
Para mayor información puede comunicarse a nuestro teléfono de contacto 3516311194. Finalmente le informo que nuestra sede se encuentra en Caseros 344, piso 4, Of.35 y los horarios de atención son de lunes a viernes de 10 a 13 y de 15 a 18 hs. Espero que le haya sido de utilidad, ¡Saludos! Juan Pablo, (Voluntario de ADCOIN) www.adcoin.org.ar