
Prosegur S.A. | 77 denuncias

Carlos Marcos
"Cobros indebidos"
Acordé con la vendedora del servicio que el costo mensual iba a ser del 50% de valor normal del abono que normalmente ofrecen y por todo el tiempo de contratación. Me aseguró que se iba a respetar esta condición. Le aclaré a ella y en la aceptación del contrato que me interesaba sí y sólo sí esta condición (el valor al 50%) se respetaba y mantenía. Por 6 meses mantuvieron ese valor y al mes 7 lo duplicaron. Se lo reclamé por muchas vías, WhatsApp a diferentes líneas que la empresa tiene, a la vendedora misma, al correo que indican... en fin. Lo reclamé y mostré que el acuerdo que teníamos no se cumplía. Esto lleva alrededor de 2 meses y siguen sin darme respuesta. Pero sí intentan cobrar el valor del servicio completo Para evitar problemas, el 01/08 les dije que si no iban a mantener el acuerdo, que diesen de baja el servicio. Eso no sucedió y -como comenté- siguen intentando cobrar el doble del valor acordado Recurro a Uds para que de algún modo intervengan en esta situación, la analicen y definan lo que corresponda. Adjunto imagen del mail de aceptación del servicio, en donde aclaro las condiciones bajo las que me interesa el mismo.
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Buenos días Carlos, por lo expuesto sería un caso de incumplimiento de sus obligaciones legales y/o contractuales. Le sugiero intimar a fin de que cumpla con lo debido, bajo pena de acudir por lo sostenido en el art 10 bis de la ley 24240, el cual reza: "ARTICULO 10 bis. — Incumplimiento de la obligación. El incumplimiento de la oferta o del contrato por el proveedor, salvo caso fortuito o fuerza mayor, faculta al consumidor, a su libre elección a: a) Exigir el cumplimiento forzado de la obligación, siempre que ello fuera posible; b) Aceptar otro producto o prestación de servicio equivalente; c) Rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato.".
Además, podría encuadrarse en un trato indigno al consumidor violando lo establecido en la Ley de Defensa del Consumidor ART 8º bis de: Trato digno. Prácticas abusivas. Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias. Para mayor información puede comunicarse a nuestros teléfonos de contacto 3516311194 / 4217095. Los horarios de atención son de lunes a viernes de 10 a 13 y de 15 a 18 hs. Espero que le haya sido de utilidad, ¡Saludos! Luciana (Voluntario de ADCOIN) www.adcoin.org.ar