ABSA - Aguas Bonaerenses S.A. | 28 denuncias
maria laura
"Incumplimiento del servicio"
Desde el mes de diciembre del 2020 hice varios reclamos ante ABSA por falta de agua, por momentos es muy baja presión, pero lo habitual es falta total, ante ADA realicé en estos meses varios reclamos y me respondio el sr Norberto campos de dicha entidad me había dicho que había pasado al departamento de legales bajo el n 69892, luego enviaron un mail de su entidad diciendo que lo habian cerrado el reclamo,lo que no comprendo porque el problema persiste. Y al no obtener más noticias volví a comunicarme, ya que envié otros mail a Ada y ni responden, llamo casi todos los dias a vuestro telefonos y no atienden. Y si realice varios reclamos a ASBA ; bajo los números: 3036120-3036120/01,3039137,3036120/02, 3040753,3040753/01,3040753/02, 31111175 y etc. El ultimo es bajo el numero 3111175/09 del 30/08 , hace 5 dias es falta total de agua, Hace más de varios meses que no tenemos agua, en medio de una pandemia, la empresa ABSA solo se molesta en enviar factura para que pague un servicio que no presta, ya no sé qué hacer ni a quien más recurrir la situación es desesperante. y vale aclarar que estamos en pandemia y ni agua para lavarse las manos. solo vino a mediados de julio la empresa absa y dijo no hay agua en la red por eso no ingresa a mi casa y que pasaria al area tecnica para que vengan a arreglar pero ya paso un mes y medio y no volvieron.
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Buenos dias. En su caso, la empresa estaria incumpliendo el articulo 30 de la ley de defensa del consumidor.Cuando la prestación del servicio público domiciliario se interrumpa o sufra alteraciones, se presume que es por causa imputable a la empresa prestadora. Efectuado el reclamo por el usuario, la empresa dispone de un plazo máximo de treinta (30) días para demostrar que la interrupción o alteración no le es imputable. En caso contrario, la empresa deberá reintegrar el importe total del servicio no prestado dentro del plazo establecido precedentemente. Esta disposición no es aplicable cuando el valor del servicio no prestado sea deducido de la factura correspondiente. El usuario puede interponer el reclamo desde la interrupción o alteración del servicio y hasta los quince (15) días posteriores al vencimiento de la factura. Para poder brindarle un asesoramiento personalizado y acorde a sus necesidades es que le invitamos a que se acerque a nuestra ONG de defensa del consumidor e inquilino, para ello puede usted coordinar un turno al 3516311194, la consulta puede incluso ser por canales virtuales. Quedamos a su disposición. Saluda cordialmente German – Abogado ADCOIN – www.adcoin.org.ar