LATAM Airlines | 86 denuncias
Jorge
"Incumplimiento del servicio"
En abril de 2020 tenía programado un viaje familiar a Jamaica que fue postergado por la pandemia. Luego de retomar las frecuencias de vuelo, nos informaron que ese dinero lo teníamos acreditado mediante vouchers que podíamos usar como efectivo para comprar otros vuelos. Cuando intentamos hacer los cambios de pasajes, nos pidieron que nos registremos uno por uno, abriendo una cuenta en Latam Airlines individual, incluyendo los menores, lo que así intentamos. Desde 2021 hasta la fecha el sistema no nos permite registrarnos. Hemos llamado a Servicio al cliente y nos guiaron para hacerlo pero siempre falta habilitar a algún miembro del grupo familiar o el voucher se extravió o no se podía registrar el usuario, siempre cambiando. Al día de hoy no tengo respuesta. Solicito asistencia por favor. Gracias
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Buenos días, según lo expresado, la prestataria del servicio estaría incumpliendo con la oferta, la cual es vinculante según el artículo 7º de la ley 24.240 que reza: Oferta. La oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados, obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, debiendo contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones.
La revocación de la oferta hecha pública es eficaz una vez que haya sido difundida por medios similares a los empleados para hacerla conocer.
La no efectivización de la oferta será considerada negativa o restricción injustificada de venta, pasible de las sanciones previstas en el artículo 47 de esta ley.
Sin embargo, para un asesoramiento y análisis mas acabado, le recomiendo solicite un turno comunicándose vía WhatsApp al 3516311194 de lunes a viernes de 10 a 13 hs y de 15 a 18 hs. Saludos cordiales.
Belèn - voluntaria de ADCOIN- www.adcoin.org.ar
Buenos días, según lo expresado, la prestataria del servicio estaría incumpliendo con la oferta, la cual es vinculante según el artículo 7º de la ley 24.240 que reza: Oferta. La oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados, obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, debiendo contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones.
La revocación de la oferta hecha pública es eficaz una vez que haya sido difundida por medios similares a los empleados para hacerla conocer.
La no efectivización de la oferta será considerada negativa o restricción injustificada de venta, pasible de las sanciones previstas en el artículo 47 de esta ley.
Sin embargo, para un asesoramiento y análisis mas acabado, le recomiendo solicite un turno comunicándose vía WhatsApp al 3516311194 de lunes a viernes de 10 a 13 hs y de 15 a 18 hs. Saludos cordiales.
Belèn - voluntaria de ADCOIN- www.adcoin.org.ar