Despegar | 196 denuncias
MARIA FERNANDA
"Cobros indebidos"
Realice una compra por un vuelo a traves de despegar para el día 25/11 aeroparque -trelew con vuelta lunes 29/11 trelew -aeroparque- aeroparque mar del plata. al mes de realizada la compra, despegar me informa que la aerolínea cambio el aeropuerto destino del día 29/11 a trelew -ezeiza- por lo cual me comunico al 0800 despegar para explicar que tenemos un vuelo de conexion y de ezeiza a aeroparque hay 45 km, si nos aseguraban un transfer... parece que con la pandemia no hay transfer, ok se hacen cargo del taxi o nos modifican el vuelo? les modificamos el vuelo en el mismo día sin penalidad. empiezan los 7 o no se cuantos mas llamados a despegar luego de que la aerolinea me informa que hay un vuelo el mismo dia y que va a ezeiza. hora y media en línea muchas veces explicandole a cada operador distinto la situación, en esto de esperar el chequeo se corta la llamada, les dije por favor haganlo rapido porque se corta, no lo hacian se terminaba cortando. el día miercoles hable por la mañana con una operadora que entendio correctamente el cambio que le solicite , me dijo te envío el ticket modificado al mail. cuando lo recio estaba mal hecho. llamo a088 otra vez, hs pico de espera, no me lo resolvieron porque me dijeron que el vuelo que yo solicitaba no existia . hoy 29/10- hablo con otro operador , que se comprometio a solucionarlo, a la hs media en línea , se corta la llamada. me mandan un mail con POR FIN el itinerario correcto pero con una penalidad de 37 mil pesos, por errores que ellos cometieron. es violento y angustiante. repetir y repetir, esperar esperar los interminables chequeos en línea, con una cuenta de telefono a pagar por mi. desilucionada y maltratada por el sistema
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Buenos dias. En su caso la empresa estaria incurriendo en trato indigno hacia el consumidor. Por imperio de la ley de defensa del consumidor, los proveedores de bienes y servicios deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias, lo cual es se presenta claramente en la situacion que usted escribe. Tales conductas, además de las sanciones previstas en la ley 24.240, podrán ser pasibles de la multa civil establecida en el artículo 52 bis de la misma norma, sin perjuicio de otros resarcimientos que correspondieren al consumidor, siendo ambas penalidades extensivas solidariamente a quien actuare en nombre del proveedor. Para poder brindarle un asesoramiento personalizado y acorde a sus necesidades es que le invitamos a que se acerque a nuestra ONG de defensa del consumidor e inquilino, para ello puede usted coordinar un turno al 3516311194, la consulta puede incluso ser por canales virtuales. Quedamos a su disposición. Saluda cordialmente German – Abogado ADCOIN – www.adcoin.org.ar