Vía Bariloche | 56 denuncias
Jimena
"Práctica abusiva"
Hola buenos días, quería elevar denuncia ya que el chófer, el cuál no me brindo su nombre señor de tés blanca, calvo, ojos claros tuvo mal trato hacía mí persona porque baje en terminal de retiro a hacer mis necesidades, lo cual no tarde nada, el señor acompañante del chófer, estaba al tanto de que baje de la unidad, al regresar a la unidad le solicite su tenían agua caliente para el termo y el chófer comenzó a gritarme, había un pasajero retirando su equipaje, el chófer no quiso abrir la puerta de ingreso de pasajeros, me hizo ingresar por la puerta delantera, tratandome de mentirosa, diciendo que estaba textual ( boludeando, mintiendo, no bajaste al baño pendeja, acá hay baño, anda a sentarte que acá está mal ubicada) el acompañante se disculpo conmigo porque él está al tanto ya que informe al momento de bajar. Está unidad se encuentran sin agua para el consumo y para el higiene de manos, lo cual solo pude higienizar mis manos al momento de ir a retiro. Quiero pedir de formar urgente se eleve reclamo a la empresa tanto por el accionar violento de este chófer hacía mí persona, se tomen las medidas correspondientes de sanción, así también por la falta de agua de la unidad.
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Buenas tardes, por lo expuesto sería un caso de incumplimiento de sus obligaciones legales y/o contractuales. Le sugiero intimar a fin de que cumpla con lo debido, bajo pena de acudir por lo sostenido en el art 10 bis de la ley 24240. Que sostiene ARTICULO 10 bis. — Incumplimiento de la obligación. El incumplimiento de la oferta o del contrato por el proveedor, salvo caso fortuito o fuerza mayor, faculta al consumidor, a su libre elección a: a) Exigir el cumplimiento forzado de la obligación, siempre que ello fuera posible; b) Aceptar otro producto o prestación de servicio equivalente; c) Rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato.
Además, podría encuadrarse en un trato indigno al consumidor violando lo establecido en la Ley de Defensa del Consumidor ART 8º bis de: Trato digno. Prácticas abusivas. Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.
Para mayor información puede comunicarse a nuestros teléfonos de contacto 3516311194 / 4217095. Finalmente le informo que nuestra sede se encuentra en Caseros 344, piso 4, Of.35 y los horarios de atención son de lunes a viernes de 10 a 13 y de 15 a 18 hs. Espero que le haya sido de utilidad, ¡Saludos! Belèn, (Voluntaria de ADCOIN) www.adcoin.org.ar