Cablevisión

Cablevisión | 223 denuncias

Publicado 11-11-2021 08:21

"Práctica abusiva"

la semana pasada contrate para mi mama, el servicio de flow con el proposito de que tuviera mas canales de entretenimiento. es una adulta mayor de 86 años, que vive sola. Me ofrecieron adicional de wifi. Cuando le hicieron la instalacion, MI MAMA ESTABA SOLA, CONECTARON SU LINEA DE TELEFONO FIJO (DE TELECOM), A LA IP de FLOW. nunca contratamos ni autorizamos que vincularan el servicio de cable con el de telefonia fija. Desde ese momento, dejo de funcionar la linea fija. Agravante: en caso de corte de luz se queda sin servicio. reclame via telefonica desde el mismo dia de la instaclacion (3/11/21), para que separen lo que era flow de lo que es telefono y me DICEN QUE ES IMPOSIBLE YA QUE SU LINEA DE TELEFONO FIJO A PARTIR DE AHORA ES DE CABLEVISION!!! mi mama es practicamente no vidente, vive sola, y su telefono fijo ES UNA NECESIDAD ESENCIAL PARA ELLA, lo tiene al lado de su cama. NO USA CELULAR. NO ES TECNOLOGICA. quien le dio derecho a Cablevision a retirarme la linea fija que por otra parte tiene su correspondiente boleta, nunero de usaurio etc a traves de TELECOM?????? que puedo hacer para que le restituyan a mama su telefono? ayer hice uso de la clausula de arrepentimiento Y DI DE BAJA FLOW. y le ANULARON EL TELEFONO!!!!!!!!!! como puedo hacer????? ella no puede quedar incomunicada. gracias por la auda!

Respuesta de ADCOIN Ciudad de Buenos Aires Publicado 11-11-2021 15:37


Buenas Tardes Graciela, las empresas prestadoras de servicios tiene la obligación de respetar las condiciones y modalidades del servicio que se contrato, conforme art. 19 LDC. Ante cualquier incumplimiento en la prestación del servicio, el consumidor puede optar por a) Exigir el cumplimiento forzado de la obligación, siempre que ello fuera posible; b) Aceptar otro producto o prestación de servicio equivalente; c) Rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato. Todo ello sin perjuicio de las acciones de daños y perjuicios que correspondan. Por ello, se debería intimar fehacientemente el cumplimiento y, en caso de negativa o silencio, iniciar las acciones correspondientes e instancias previas ante COPREC o bien mediante audiencia de conciliación en ADCOIN. Para poder brindarle un asesoramiento personalizado y acorde a sus necesidades es que la invitamos a que se acerque a nuestra ONG de defensa del consumidor e inquilino, para ello puede usted coordinar un turno al 011-3915-3299, la consulta puede incluso ser por canales virtuales. Quedamos a su disposición. Saluda cordialmente, Navia Capozucchi, Asesora Letrada ADCOIN

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