Provincia Seguros S.A.

Provincia Seguros S.A. | 1 denuncias

Publicado 29-09-2021 17:26

"Incumplimiento del servicio"

El dia 11 de septiembre a las 23.30hs. sufri el robo de mi hogar, "robo en ausencia de moradores" caratuló la policia que esperó mi llegada a la 1.00 hs del domingo 12. Forzaron la puerta de calle, rompieron puertas internas, muebles y se llevaron los bienes que detalla la denuncia, que adjunto como documento 1. Desde aproximadamente el año 2000, contrato el seguro "Combinado Familiar Casa Feliz" el cual cubre un monto asegurado de $ 556.000.- (Documento 2) El producto se debita automáticamente de tarjeta de crédito, desde su origen. y nunca recibí póliza con modificación. El día 13 de septiembre ante mi denuncia al seguro recibí el llamado telefónico de un liquidador, que se presentó como Mario Fernandez Trabazo. El mismo manifestó que por la póliza que tenia solo me correspondía como tope $20.000. Ante mi indignación envió la cadena de mails que adjunto como documento 3. Posteriormente me envió un certificado de cobertura con sello de emitido el 13/9 con una segmentación de los limites de riesgo, el cual desconozco en su totalidad. Al mismo tiempo, el liquidador manifestaba que ese monto era histórico y que nunca se había ajustado. Yo afirmaba que algún sistema, arbitrario o al menos inconsulto, habían aplicado porque mi seguro se renueva automáticamente desde el año 2000 y que siempre me confié en el monto asegurado que informaban en mi home banking. Denegado mi pedido de reconsideración, procedo a reclamar por esta vía. Adjuntando (documento 6) comprobantes de compra de parte de los bienes robados que constan en la denuncia policial.

Respuesta de ADCOIN Ciudad de Buenos Aires Publicado 14-10-2021 13:57


Buenas Tardes Martin, la empresa aseguradora está haciendo claro abuso de su posición dominante en la relación de consumo que nos une, incumpliendo con su deber de información (art. 4 LDC); condiciones de oferta (Art. 7 LDC); trato digno (Art. 8 bis LDC); incumplimiento de la obligación (Art. 10bis LDC); Prestación de servicio (Art. 19 LDC), entre otras disposiciones de ésta ley y de lo contemplado por el CCCN. Por ello, te recomendamos intimar de forma fehaciente a la empresa y, en caso de negativa o silencio, iniciar las acciones correspondientes e instancias previas ante COPREC o bien mediante audiencia de conciliación en ADCOIN. Para poder brindarle un asesoramiento personalizado y acorde a sus necesidades es que la invitamos a que se acerque a nuestra ONG de defensa del consumidor e inquilino, para ello puede usted coordinar un turno al 011-3915-3299, la consulta puede incluso ser por canales virtuales. Quedamos a su disposición. Saluda cordialmente, Navia Capozucchi, Asesora Letrada ADCOIN

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