Despegar | 196 denuncias
Franco
"Estafa"
El día 12/10 compré un pasaje para 2 personas ida y vuelta a San Luis (ida el 19/10 vuelta el 22/10) por trabajo, a través de la página Despegar y el vuelo por Aerolineas Argentinas. El número de reserva es el 815067178500 y la factura es la 0103-04787470 por un importe de $55.068,02. Al llegar al aeropuerto Jorge Newbery el día 19/10 a las 6 am, queriendo despachar las valijas, nos informan que el vuelo fue cancelado, y que no existe la posibilidad de viajar en el mismo día con otro vuelo, ya que el coche bomba (bombero) de San Luis se encontraba roto y ante un posible incendio era peligroso, cerrando el aeropuerto de San Luis (tengo pruebas de ello). En el mismo día hago el reclamo correspondiente a Despegar, los cuales me informan que van a investigar lo sucedido, y que me iban a dar una respuesta a las 72 hs, para ver si se podía cambiar la fecha del vuelo. Pasaron mas de 96 hs, e hice el siguiente reclamo para que me realicen la devolución del 100% del vuelo, ya que la culpa de no viajar no fue mía, y me dijeron que iban a comenzar con otra investigación. Luego de llamar muchas veces y no encontrar respuesta ni por parte de Despegar, ni por parte de Aerolíneas Argentinas, al mes de lo sucedido (fecha 20/11) me informan desde Despegar que aerolíneas Argentinas les dice que nunca me presente al aeropuerto, y que no se va a realizar la devolución de la plata. Necesito hacer una DENUNCIA FUERTE POR ESTAFA, ya que la plata yo la tuve que pagar y nunca me la devolvieron ni me la quieren devolver. Por favor pido ayuda por este tema!
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Buenas Tardes Franco, al contratar el viaje mediante una agencia (En este caso Despegar) y no en forma directa con la Aerolínea, se podrá reprogramar el vuelo en cuestión, o bien se otorgará un voucher para ser utilizado dentro de doce (12) meses desde la finalización de la vigencia de las restricciones ambulatorias y sus prórrogas. También el consumidor podrá solicitar el reembolso. En este caso hay que analizar las condiciones de reembolso y cambio de la contratación del pasaje en cuestión, pues las empresas prestadoras de servicios tiene la obligación de respetar las condiciones y modalidades del servicio que se contrato, conforme art. 19 LDC. Sin perjuicio de ello, deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios, en virtud del trato digno que merecen, conforme art. 8bis LDC. Así, en caso de negativa o silencio, iniciar las acciones correspondientes e instancias previas ante COPREC o bien mediante audiencia de conciliación en ADCOIN. Para poder brindarle un asesoramiento personalizado y acorde a sus necesidades es que la invitamos a que se acerque a nuestra ONG de defensa del consumidor e inquilino, para ello puede usted coordinar un turno al 011-3915-3299, la consulta puede incluso ser por canales virtuales. Quedamos a su disposición. Saluda cordialmente, Navia Capozucchi, Asesora Letrada ADCOIN