Despegar
Turismo

Despegar | 196 denuncias

Publicado 13-10-2021 10:18

"Incumplimiento de la oferta o promoción"

Realicé una compra de hoteles por la página de Despegar en enero del 2020. Luego, por haberse decretado la pandemia mundial por la OMS, no pude viajar y la empresa me extendió un cupón por xxx cantidad de dólares, es decir, el valor del hospedaje pagado transformado a dólares. Entiendo que el objetivo es mantener el poder adquisitivo ya que podía usar dicho cupón para realizar compras por la plataforma hasta 12 meses después de decretado el fin de la pandemia por parte de la OMS. Al momento de querer realizar la compra de un hotel, me indican que el tipo de cambio a utilizar en el cupón nominado en dólares, es el tipo de cambio vigente al momento de la compra primaria que originó dicho cupón. De acuerdo a las cláusulas de condiciones que me enviaron oportunamente, en el artículo 10 establece lo siguiente: "10. Para el caso de Cupón nominado en Dólares Estadounidenses, el valor del mismo se convertirá a moneda local al momento de su utilización." De la interpretación taxativa de la condición, se desprende que el tipo de cambio a utilizar es aquella vigente al momento de la UTILIZACIÓN del cupón, en mi caso, el día de la fecha en donde quiero utilizarlo para la compra de un nuevo servicio por la misma empresa. Solicito tener a bien solucionar el inconveniente lo antes posible ya que necesito utilizar el cupón de acuerdo a lo que indican los términos y condiciones que indica el documento. Desde ya, muchas gracias.

Respuesta de ADCOIN Ciudad de Buenos Aires Publicado 05-11-2021 14:44


Buenas Tardes Luis, se podrá reprogramar el vuelo en cuestión, o bien se otorgará un voucher para ser utilizado dentro de doce (12) meses desde la finalización de la vigencia de las restricciones ambulatorias y sus prórrogas. También el consumidor podrá solicitar el reembolso. En este caso hay que analizar las condiciones de reembolso y cambio de la contratación del pasaje en cuestión, pues las empresas prestadoras de servicios tiene la obligación de respetar las condiciones y modalidades del servicio que se contrato, conforme art. 19 LDC. Sin perjuicio de ello, deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios, en virtud del trato digno que merecen, conforme art. 8bis LDC. Así, recomendamos intimar fehacientemente y, en caso de negativa o silencio, iniciar las acciones correspondientes e instancias previas ante COPREC o bien mediante audiencia de conciliación en ADCOIN. Para poder brindarle un asesoramiento personalizado y acorde a sus necesidades es que la invitamos a que se acerque a nuestra ONG de defensa del consumidor e inquilino, para ello puede usted coordinar un turno al 011-3915-3299, la consulta puede incluso ser por canales virtuales. Quedamos a su disposición. Saluda cordialmente, Navia Capozucchi, Asesora Letrada ADCOIN.

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